Si ya has oído hablar de él, pero no sabes exactamente cómo funciona y para quién va dirigido. Te contamos a detalle de este programa.
De acuerdo a sus siglas, PROSEC significa: Programas de Promoción Sectorial.
Este programa permite que las empresas fabricantes de productos nacionales o de exportación que requieran importar diversos bienes para ser utilizados en la elaboración de productos específicos, sean importadas con arancel ad-valorem preferencial.
En la actualidad existen 23 sectores que se benefician del arancel preferencial, los cuales son:
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- Industria Eléctrica
- Industria Electrónica
- Industria del Mueble
- Industria del Juguete, Juegos de Recreo y Artículos Deportivos
- Industria del Calzado
- Industria Minera y Metalúrgica
- Industria de Bienes de Capital
- Industria Fotográfica
- Industria de Maquinaria Agrícola
- Industrias Diversas
- Industria Química
- Industria de Manufacturas del Caucho y Plástico
- Industria Siderúrgica
- Industria de Productos Farmoquímicos, Medicamentos y Equipo Médico
- Industria del Transporte, excepto el Sector de la Industria Automotriz
- Industria del Papel y Cartón
- Industria de la Madera
- Industria del Cuero y Pieles
- Industria Automotriz y de Autopartes
- Industria Textil y de la Confección.
- Industria de Chocolates, Dulces y Similares
- Industria del Café
- Industria Alimentaria
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Los beneficios del programa son únicamente respecto de los bienes a importar contenidos en el sector de que se trate, es decir, para la producción de una mercancía no podrá importarse un bien contenido en un sector diferente.
Tipo de programas:
Productor Directo: Persona moral que manufactura las mercancías a que se refiere el artículo 4 del Decreto.
Vigencia: La vigencia de los programas será anual y se renovará automáticamente, una vez que los productores presenten el informe anual de las operaciones realizadas
Plazos de permanencia: Cuando la importación de los bienes se realice adicionalmente utilizando un programa IMMEX.
Compromisos: Para gozar de los beneficios de un Programa PROSEC se deberá dar cumplimiento a los términos establecidos en el Decreto en la materia y en el oficio de autorización del programa.
Obligaciones y Compromisos de las empresas que cuentan con Programa PROSEC:
Una de sus obligaciones de las empresas con programa PROSEC es que los bienes importados al amparo del Programa PROSEC no podrán ser destinados a propósitos distintos de los señalados en el artículo 4 del Decreto PROSEC, salvo que el titular del programa cubra el impuesto general de importación aplicable a dichos bienes con actualización y recargos, calculados de conformidad con los artículos 17-A y 21 del Código Fiscal de la Federación, desde el mes en que se efectuó la importación de cada uno de los bienes hasta el mes en que se efectúe el pago del impuesto.
Tampoco podrán ser enajenados ni cedidos a ninguna otra persona, salvo que ésta opere al amparo del citado Decreto, se cumpla con las disposiciones contenidas en la Ley Aduanera y con las reglas que al efecto expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Asimismo, uno de sus compromisos es que los productores que cuenten con autorización para operar en alguno de los programas de los sectores listados, así como presentar un informe anual a la Secretaría de sus operaciones, realizadas al amparo del programa correspondiente al ejercicio inmediato anterior a más tardar el último día hábil del mes de abril.
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