Uno de los requisitos primordiales para los importadores y exportadores es estar inscrito en el padrón de importadores y padrón de importadores de sectores específicos del SAT (Servicio de Administración Tributaria).
¿Qué es el padrón de importadores?
Es un registro del SAT en el que todas las personas morales y físicas deben inscribirse para poder ingresar productos extranjeros a territorio nacional.
Este registro tiene su fundamento en el Reglamento de la Ley Aduanera artículo 82, el cual fue creado con la finalidad de controlar las operaciones de comercio exterior en el país, ayudando al SAT a prevenir la evasión fiscal con la detección de fraudes aduaneros y contrabando.
¿Quiénes están obligados a registrarse en el Padrón de Importadores?
Todos aquellos que deseen importar mercancías de forma definitiva a México deberán estar registrados en el Padrón de Importadores.
Padrón de Importadores Específico
Todas las mercancías que se encuentran que se encuentran con las fracciones arancelarias marcadas en el apartado A del anexo 10 de las Reglas de Carácter general en Materia de Comercio Exterior, también tiene que estar registradas en el padrón de sectores específicos.
Algunos de los productos que requieren padrón de sector específico son:
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- Textil
- Calzado
- Cigarros
- Automotriz
- Hidrocarburos
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Las mercancías que también pueden ser considerados dentro de este rubro son cuando afecta concretamente a la economía de México o a la salud de sus habitantes, como es el caso de productos químicos, radioactivos, nucleares, armas de fuego y sus derivados (máquinas y piezas,explosivos o pirotecnia), etc.
Registro al Padrón de Importadores
La inscripción se realiza en línea mediante la página del SAT y el trámite es totalmente gratuito, antes de comenzar tu registro en el padrón, se tiene que contar con los siguientes requisitos:
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- Estar inscrito en el Padrón de importadores.
- Contar con e.firma vigente.
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
- Contar con domicilio fiscal como localizado en el RFC.
- Contar con Buzón Tributario validado.
- No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del Código, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69.
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Resultados del Registro en el Padrón de Importadores
Al terminar el registro, la página proporcionara un acuse de solicitud de inscripción y el resultado se encuentra, a través de Internet en el Portal del SAT, accediendo a: Trámites/RFC/Importadores y Sectores Específicos, con el uso de su e.firma o contraseña.
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